Ojo al GobiernoColombia  /  Abelardo de la Espriella  /  2026 – 2030

Acción del gobiernoSeguridad y orden públicoColombia

Ordena operativos y deportaciones contra migrantes en situación irregular

01Qué pasó

En un consejo de seguridad en Barranquilla el domingo 23 de agosto, el presidente De la Espriella ordenó verbalmente a Migración Colombia y a la Policía iniciar operativos coordinados para localizar y deportar a extranjeros en situación irregular, empezando por quienes hayan cometido delitos, y fijó que debían comenzar «esta misma semana». No hay decreto, resolución, directiva ni circular que desarrolle la orden: al 26 de agosto la norma más reciente de Migración Colombia es la Resolución 3031, del 30 de julio. En Colombia hay unos 2,8 millones de venezolanos, de los cuales cerca de 848.000 están en situación irregular según la desagregación del Observatorio de Venezuela sobre datos de Migración Colombia, y 193.000 son menores de edad. La entidad ejecutó 310 deportaciones y expulsiones en lo corrido de 2026 y 1.652 en todo 2025.

Qué falta para que la orden exista jurídicamente

Al 26 de agosto no hay acto administrativo que la desarrolle. El índice normativo de Migración Colombia no registra resoluciones posteriores al 30 de julio, su única directiva de 2026 es presupuestal y la circular más reciente es de 2025. Si en los próximos días aparece una resolución firmada por el nuevo director, ese será el acto jurídico y tendrá que registrarse aparte de esta ficha.

02Qué implica

  1. En el ordenamiento colombiano la permanencia irregular no es delito: la Ley 2136 de 2021 la define como falta administrativa, y tanto la deportación como la expulsión son sanciones administrativas. La expresión «inmigrante ilegal» no existe en la ley.
  2. El Decreto 1067 de 2015 exige resolución motivada individual para cada deportación o expulsión, admite recursos —con efecto suspensivo en la expulsión— y limita la retención preventiva a 36 horas. Deportar «en el término de la distancia» no tiene procedimiento que lo permita, y no existe figura de deportación colectiva.
  3. La misma norma prevé que la permanencia irregular se sancione con multa cuando existan circunstancias especiales: la deportación no es la consecuencia automática que describe la orden.
  4. Al ritmo de 2025 —1.652 deportaciones y expulsiones en el año— cubrir 848.000 personas tomaría más de cinco siglos. La orden y la capacidad de la entidad que debe cumplirla no están en la misma escala.
  5. Dos días después de recibir la orden cambió el director de Migración Colombia: el Decreto 1298 del 25 de agosto aceptó la renuncia de Gloria Esperanza Arriero y nombró al teniente coronel (r) José Luis Castañeda Tiria.

03Riesgos señalados

  1. El presidente y su ministro del Interior describen alcances distintos: el primero habla de deportar a quienes no tengan regularizada su situación, y el segundo sostiene que los venezolanos acogidos al Estatuto Temporal de Protección «no son migrantes ilegales de ninguna manera». Mientras no haya acto administrativo, no hay texto que resuelva a quién cobija la orden.Señalado por Contraste entre las declaraciones del presidente y del ministro Rodrigo Lara
  2. La evidencia acumulada en tres décadas de investigación muestra una asociación negativa y muy débil entre migración y delito, y que regularizar reduce la reincidencia más barato que perseguir: en Italia, la regularización redujo la reincidencia a la mitad.Señalado por Michael Weintraub y Juan Sebastián Franco, Centro de Estudios sobre Seguridad y Drogas de la Universidad de los Andes
  3. Migración Colombia carece de personal, de centros de retención transitoria y de coordinación con policía y alcaldías para operativos de esa escala.Señalado por Fuentes de la entidad citadas por El Tiempo

04Posturas

Oficialismo y aliados

No voy a aceptar migración ilegal. Primero los colombianos, segundo los colombianos y tercero los colombianos
Abelardo de la EspriellaPresidente de la República[1]
Es una decisión política y yo la asumo, y es una decisión administrativa, yo la asumo
Abelardo de la EspriellaPresidente de la República[2]
Los venezolanos que llegaron básicamente a Colombia y que recibieron este régimen de protección por parte del Gobierno colombiano y que se insertaron no son migrantes ilegales de ninguna manera
Rodrigo LaraMinistro del Interior[8]

Oposición y críticos

No existen personas ilegales, existen personas que se encuentran con estatus irregular
Ronal RodríguezInvestigador del Observatorio de Venezuela, Universidad del Rosario[11]
Colombia no regularizó a la población venezolana en el marco del estatuto como un acto de generosidad, sino como un acto de pleno y puro pragmatismo
Ronal RodríguezInvestigador del Observatorio de Venezuela, Universidad del Rosario[7]

05Referencias

  1. El Heraldo. De la Espriella ordena operativos y deportaciones contra migrantes irregulares: serán priorizados quienes cometan delitos, 24 de agosto de 2026.
  2. Infobae Colombia. Abelardo de la Espriella dio polémica instrucción contra migrantes irregulares en Colombia: «Que le quede claro a todo el mundo», 24 de agosto de 2026.
  3. Congreso de la República. Ley 2136 de 2021, Política Integral Migratoria, artículos 7, 19 y 61, 4 de agosto de 2021.Fuente oficial
  4. Ministerio de Relaciones Exteriores. Decreto 1067 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Relaciones Exteriores, artículos 2.2.1.13.1.1 a 2.2.1.13.3.2, 26 de mayo de 2015.Fuente oficial
  5. Migración Colombia. Migración Colombia registra más de 300 deportaciones y expulsiones en 2026, 16 de abril de 2026.Fuente oficial
  6. Migración Colombia. Resoluciones de Migración Colombia, índice normativo.Fuente oficial
  7. El Nuevo Siglo. Los desafíos ante la medida de deportaciones de migrantes anunciada por el presidente, 25 de agosto de 2026.
  8. Infobae Colombia. Ministro del Interior explicó qué pasará con los migrantes venezolanos en Colombia tras la orden de Abelardo de la Espriella, 25 de agosto de 2026.
  9. Infobae Colombia. Abelardo de la Espriella anunció operativos y deportaciones de migrantes irregulares: estas serían las implicaciones, según reconocido centro de pensamiento, 24 de agosto de 2026.
  10. Infobae Colombia. Coronel (r) José Luis Castañeda es nombrado director de Migración Colombia tras renuncia de Gloria Arriero, 26 de agosto de 2026.
  11. runrun.es. Fuente de la cita.

06Cómo citar

Ojo al Gobierno (Colombia). «Ordena operativos y deportaciones contra migrantes en situación irregular». Ficha del 23 de agosto de 2026. https://ojoalgobierno.org/colombia/evento/2026-08-23-orden-de-operativos-y-deportaciones-de-migrantes/

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