Ojo al GobiernoColombia  /  Abelardo de la Espriella  /  2026 – 2030

Acción del gobiernoSeguridad y orden públicoColombia

Deroga la resolución que prohibía la aspersión aérea con glifosato

01Qué pasó

El Gobierno derogó la Resolución 6 de 2015 del Consejo Nacional de Estupefacientes, con la que el gobierno de Juan Manuel Santos suspendió el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea (PECIG) en aplicación del principio de precaución. El acto derogatorio dice que la derogatoria no implica la reanudación automática del programa ni autoriza actividad de aspersión desde aeronave tripulada. Para reactivarlo siguen pendientes el Plan de Manejo Ambiental ante la ANLA, el levantamiento de la medida preventiva que la ANLA impuso en 2015, el concepto del Instituto Nacional de Salud y la consulta previa con comunidades étnicas conforme al Convenio 169 de la OIT. Las zonas sin comunidades étnicas pueden omitir la consulta previa si el Ministerio del Interior y la ANLA lo certifican.

El PECIG estuvo suspendido once años. La Resolución 6 del 29 de mayo de 2015 la adoptó el Consejo Nacional de Estupefacientes en medio de la negociación con las FARC, después de que la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer de la OMS clasificara el glifosato como «probablemente carcinogénico para los humanos». Un comité conjunto OMS-FAO llegó en 2016 a una conclusión distinta sobre el riesgo por vía alimentaria. Esa discrepancia es la que la Sentencia T-236 de 2017 convirtió en carga probatoria del Estado.

02Qué implica

  1. Es el cambio normativo de mayor alcance en política antidrogas desde la posesión: la Resolución 6 de 2015 era el acto que sostenía la suspensión del PECIG desde el proceso de paz con las FARC.
  2. La derogatoria no habilita la aspersión por sí sola. Retira el obstáculo administrativo, pero los requisitos que faltan los fijó la Corte Constitucional en la Sentencia T-236 de 2017 y no dependen solo del Ejecutivo.
  3. Llega el mismo día del recorte de $21,9 billones y del cierre de las mesas de diálogo por nueve resoluciones: las tres piezas fijan el 28 de agosto como la fecha con más actos de gobierno del mes.
  4. Ninguno de los reportes identifica el acto derogatorio por número, de modo que a la fecha de esta ficha el texto que ordena la derogatoria no se puede verificar en una fuente primaria.

03Riesgos señalados

  1. Reactivar el PECIG exige evidencia objetiva y concluyente de ausencia de daño para la salud y el medio ambiente; sin ella, cualquier aspersión queda expuesta a suspensión judicial.Señalado por Corte Constitucional, Sentencia T-236 de 2017
  2. La excepción de consulta previa en zonas sin comunidades étnicas depende de una certificación del Ministerio del Interior y de la ANLA, lo que traslada a dos entidades del Ejecutivo la decisión sobre dónde se puede asperjar sin consultar.
  3. Anunciar la derogatoria sin publicar el acto que la ordena deja al programa en un estado que no se puede verificar: no se sabe si hay aspersión habilitada ni bajo qué condiciones.

04Posturas

Oficialismo y aliados

Sin postura pública registrada sobre este hecho. Este espacio no se rellena por simetría.

Oposición y críticos

Sin postura pública registrada sobre este hecho. Este espacio no se rellena por simetría.

05Referencias

  1. El Espectador. Gobierno De la Espriella tumba decreto que prohibía la aspersión aérea con glifosato, 28 de agosto de 2026.
  2. El Tiempo. Gobierno tumba resolución que prohibía la aspersión aérea con glifosato contra la coca, 28 de agosto de 2026.
  3. Infobae Colombia. Aspersión aérea con glifosato en cultivos ilícitos en Colombia: Gobierno de Abelardo de la Espriella revocó resolución que la prohibía, 28 de agosto de 2026.

06Cómo citar

Ojo al Gobierno (Colombia). «Deroga la resolución que prohibía la aspersión aérea con glifosato». Ficha del 28 de agosto de 2026. https://ojoalgobierno.org/colombia/evento/2026-08-28-deroga-la-prohibicion-de-la-aspersion-aerea-con-glifosato/

Volver al registro de Colombia